Servicios que ofrecemos

Experiencia y Resultados de 30 años
Contabilidad ElectronicaAuditoria Fiscal

Contabilidad

Registro Analitico

De operaciones de la empresa cuidando siempre el cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente.

Determinación y cálculo de los impuestos a que se encuentre obligada la empresa ya sean impuestos propios derivados de su actividad o los que por obligación de ley se deba retener a terceros con apego a las disposiciones fiscales vigentes.

Ofrecemos

  • Actualización de la contabilidad y determinación de impuestos federales y estatales de personas físicas y morales
  • Análisis e interpretación de Estados Financieros
  • Elaboración de sus declaraciones mensuales informativas de Operaciones con Terceros (DIOT)
  • Elaboración de auxiliares de mayor, así como libro diario y mayor
  • Presentación de estados financieros mensuales
  • Elaboración de sus impuestos mensuales
  • Elaboración de compensaciones y solicitud de devolución de impuestos a favor
  • Presentación de la balanza de comprobación mensual y el catálogo de cuentas respecto a la obligación en
  • Contabilidad Electrónica
  • Preparación de su declaración anual de Impuesto Sobre la Renta
  • Elaboración de pólizas diario, ingresos y egresos
  • Preparación del ajuste anual de sueldos y salarios del ejercicio.
  • Preparación de su declaración anual de la determinación del Grado de
  • Riesgo ante el IMSS
  • Asesoría Contable en general con las nuevas disposiciones fiscales
  • Apoyo administrativo para el área de
  • Recursos Humanos
  • Trámites ante I.M.S.S., INFONAVIT,
  • Tesorería del la Ciudad de México y
  • Estado de México y S.H.C.P., INFONACOT
  • Reestructuración de su catálogo de cuentas de acuerdo a las nuevas disposiciones fiscales

Contabilidad Electronica

Están obligados a llevar contabilidad electrónica y enviar esta información al SAT las personas morales (incluidas las personas morales con fines no lucrativos), y las personas físicas con actividad empresarial.

Sin embargo, y de acuerdo a las modificaciones que se han publicado recientemente, para dar cumplimiento formal al ingreso mensual de información contable, únicamente se enviará la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación.

Adicionalmente, los contribuyentes deberán poder generar información electrónica de sus pólizas contables y auxiliares para entregarla al SAT, sólo cuando:

El SAT ejerza facultades de comprobación directamente al contribuyente o a terceros relacionados (compulsas)
El contribuyente solicite una devolución o realice una compensación.
Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.

Preguntas y Respuestas de la Contabilidad Electronica

¿Cómo se genera la contabilidad electrónica?

Genera los archivos .xml con el detalle de la contabilidad electrónica conforme a lo establecido en el Anexo 24 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2015, comprime cada archivo en zip y cumple con la nomenclatura establecida.

¿Cómo se envía la información contable?

La información se enviará en archivos comprimidos con formato zip a través del Buzón Tributario, en el apartado Contabilidad electrónica; el envío debe hacerse con firma electrónica vigente.

¿Cuándo debo cumplir con la contabilidad electrónica?
El envío de la información se hace conforme lo siguiente:

La información de las balanzas de comprobación se enviará a más tardar los primeros 3 y 5 días del segundo mes posterior al mes que corresponde la información contable a enviar, para personas morales y personas físicas respectivamente.

El catálogo de cuentas se entrega por una sola ocasión o cuando exista alguna modificación, a partir de las mismas fechas de entrega de las balanzas.

En el caso de la información de las pólizas y auxiliares, la información se enviará cuando el SAT necesite verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones.

Sin embargo, el SAT otorgó facilidades para cumplir con la contabilidad electrónica y son:

Los registros o los asientos contables será efectuados dentro del mes siguiente a la fecha en que se realicen las actividades respectivas, y no dentro de 5 días como estaba previsto originalmente.

En caso de no contar con la información que permita identificar el medio de pago, se podrá incorporar en los registros la expresión “NA”, en lugar de señalar la forma de pago, sin especificar si fue de contado, a crédito, a plazos o en parcialidades, y el medio de pago o de extinción de dicha obligación, según corresponda.

Auditoría Financiera

Beneficios:

Seguridad y confianza a bancos, empresas y acreedores
Control interno más confiable
Detección de desviación de recursos
Confianza a los socios e inversionistas de que los resultados son veraces y oportunos
Ayuda en la obtención de licitaciones ante diferentes entidades de gobierno y particulares

Ofrecemos:

Cuestionario Del Estudio y Evaluación Del Control Interno
Revisión Del Expediente Integral Del Contribuyente (SAT). Se requiere FIEL y contraseña. Verificar la Guía de Obligaciones del contribuyente
Informe sobre el estatus que guarda la empresa en el portal del SAT y sus medidas correctivas. Asimismo, verificar si es necesario que se utilice el portal del SAT para la elaboración de sus pagos provisionales
Revisión de la Declaración anual de ISR del ejercicio inmediato anterior y su cruce con papeles de trabajo y pagos provisionales. Asimismo, revisión de sus declaraciones anuales informativas. (DIMM, DIOT.)
Desglose de Impuestos mensuales para verificar si se está cumpliendo con todas sus obligaciones fiscales
Desglose de Declaraciones Informativas mensuales: Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) Asimismo, declaración mensual informativa de Listado de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD ò CFDI)
Revisión mensual de la elaboración de su contabilidad y sugerencia de posibles correcciones. Asimismo, que cumpla con los requisitos fiscales contenidos en el artículo 27 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, vigente
Revisión mensual de papeles de trabajo que sirvieron de base para la elaboración de sus pagos provisionales mensuales
Revisión mensual de sus papeles trabajo que sirvieron de base para la elaboración de sus declaraciones informativas mensuales. (DIOT)
Verificar que se cumpla con Normas de Información Financiera (NIF’s) en cuanto a conciliación bancarias, integración y depuración y entrega de Estados Financieros Básicos
Cerciorarse de que se cuente con un inventario Físico de Activos Fijos y que se encuentren registrados en contabilidad, así como su cruce con la Cédula de Depreciación Contable y Fiscal
Informe mensual de las anomalías encontradas en la revisión de su contabilidad Financiera-Fiscal y sugerencias de cómo solucionarlas

Apoyo administrativo a departamento
de Recursos Humanos

Apoyo administrativo a departamento
de Recursos Humanos

Beneficios:

Conveniente: más conveniente económicamente que contar con un departamento interno de recursos humanos.
Seguridad: e los cálculos realizados en los distintos pagos.
Control total de movimientos afiliatorios al IMSS e INFONAVIT

Ofrecemos:

Apoyo administrativo de recursos humanos
Apoyo Fiscal y Laboral
Atención a requerimientos del IMSS e INFONAVIT
Cálculo de SUA mensual y bimestral

Trámites ante Dependencias de Gobierno
Seguridad y Confianza

Ofrecemos:

Alta ante la S.H.C.P. conforme a su régimen fiscal de personas morales y personas físicas
Trámite de uso de suelo
Atención a requerimientos y notificaciones fiscales ante la S.H.C.P., IMSS, INFONAVIT, Tesorería del Estado de México y Ciudad de México. y otros estados
Registro de alta patronal ante el IMSS, INFONAVIT, INFONACOT, Tesorería de la Ciudad de México y del Estado de México para el pago de impuestos locales
Registro de inscripción al Portal de Prevención de Lavado de Dinero «Acceso al Sistema del Portal de Internet (SPPLD)»
Obtención de la Autorización para recibir donativos deducibles de impuestos. (DONATARIAS AUTORIZADAS)
Modificaciones de salarios, altas y bajas del IDSE (Movimientos salariales para el IMSS, INFONAVIT)
Asesoría y/o trámites para solicitud de devoluciones y/o compensaciones de impuestos
Apertura delegacional
Visto bueno operación y seguridad
Licencia de funcionamiento
Registro en el BUZÓN TRIBUTARIO del servicio de Administración Tributaria
Protección Civil
LEGAL-CORPORATIVO (Acta constitutiva, acciones, incrementos de capital, ventas de acciones, etc.)
Libro de actas, Libro e accionistas, Títulos o Acciones

Asesoría

Si tienes alguna de estas dudas, te podemos ayudar.

¿Puedo saber si estoy bien en mi expediente del SAT?
Estoy atrasado en mi contabilidad ¿Me pueden ayudar?
¿Qué tipo de impuestos debo estar pagando?
¿Cuántos ingresos debo de tener para poder optar por dictaminarse fiscalmente?
¿Cuáles con las consecuencias de la discrepancia fiscal?
¿Me pueden asesorar en la apertura de mi nuevo negocio?
Tengo un requerimiento fiscal ¿Lo pueden atender?
¿Pueden tener oportunamente cada mes mis estados financieros?
Asesoría gratuita
Para conocer las debilidades (DIagnóstico Fiscal) tanto en personas morales como de personas físicas de cualquier régimen fiscal.

Ofrecemos:

Especialistas en todo lo referente a lo fiscal y financiero
Detección de debilidades de su empresa
Manejo adecuado del pago de sus impuestos
Administración de Nóminas
Cálculo de SUA mensual y bimestral

Prevención de Lavado de Dinero

Fundamento legal: El 17 de octubre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Objetivo: Proteger al sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita.

Quiénes realizan actividades vulnerables en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita:

Las Entidades Financieras, a través de los actos, operaciones y servicios que realizan de conformidad con las leyes que regulan a cada una de ellas.
Aquellas actividades económicas a las que por su naturaleza y características, el tipo de bienes o servicios que emiten o comercializan y su operación, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita las cataloga como tal; son las siguientes:
Darse de alta en el portal del SAT: Quienes realicen este tipo de operaciones deberán darse de alta a más tardar el 31 de octubre del 2013.

Avisos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: Por única ocasión el primer aviso es por las operaciones realizadas en conjunto en el mes de SEPTIEMBRE y OCTUBRE a más tardar el 17 de noviembre del 2013.

Y el mes de noviembre y en adelante se presentará en forma mensual a más tardar el día 17 del mes siguiente.

Los Avisos se enviarán de forma electrónica, en el formato que la Unidad de Inteligencia Financiera establezca. Estos deberán contener lo siguiente:

Datos generales de quien realiza la Actividad Vulnerable.
Datos generales del Cliente o Usuario o, en su caso, del Dueño Beneficiario, así como información sobre su actividad preponderante.
Descripción general de la Actividad Vulnerable.

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